Preguntas frecuentes

Respuestas simples a dudas comunes.

Información general y orientativa. Para tu caso concreto, consultanos.

Reclamos aéreos

¿Qué hago si me cancelan o demoran el vuelo?

Guardá todos los comprobantes, pedí por escrito que te informen la causa y reclamá a la aerolínea y a la ANAC. Si la causa fue clima o fuerza mayor, algunas obligaciones de la aerolínea cambian. Consultanos con tu documentación y vemos qué corresponde en tu caso.

¿Necesito abogado para reclamar ante la ANAC?

No es obligatorio: el reclamo en línea está pensado para hacerse sin abogado. Un abogado ayuda cuando el caso es complejo, la aerolínea no responde o hay que ir a la justicia.

¿Puedo reclamar gastos extra y daño moral?

Según el caso y la prueba pueden analizarse los daños materiales (pasajes, gastos) y el daño moral. No podemos garantizar resultados ni montos.

¿Y si la aerolínea es extranjera o el vuelo tuvo escalas?

Para vuelos internacionales suele aplicar el Convenio de Montreal y cambian la competencia y los plazos. Mandanos los datos del vuelo y lo revisamos.

Defensa del consumidor

¿Por dónde empiezo a reclamar?

Por escrito a la empresa, guardando la constancia y el número de reclamo. Si no responde o responde mal, se puede reclamar ante la autoridad de defensa del consumidor. Consultanos y te decimos cuál conviene.

¿Necesito abogado?

Para un reclamo administrativo, no siempre. Para una demanda, sí. Te orientamos sobre qué conviene en tu caso.

¿Sigue funcionando el COPREC?

No: se disolvió en 2025. Hoy el reclamo se canaliza por otras vías.

¿Puedo pedir una indemnización además de la devolución?

Según el caso y la prueba se pueden analizar daños y otros rubros. No garantizamos resultados ni montos.

¿Y si es contra un banco, una prepaga o un seguro?

Tienen regímenes y plazos particulares. Consultanos cuanto antes con tu documentación.

Descargos por multas de tránsito

¿Cómo sé si tengo multas?

En Provincia, en el portal infraccionesba.gba.gob.ar. En CABA, en la consulta de infracciones del Gobierno de la Ciudad.

¿Qué pasa si nunca me notificaron?

La notificación es clave para la validez del procedimiento. En CABA la administración tiene un plazo para notificar las actas y la ley considera válida la notificación en varios domicilios registrados (el de la infracción, el electrónico, el de licencias, AGIP, el Registro del Automotor, el Padrón, entre otros). La analizamos junto con el acta.

¿Cuánto tarda?

Depende del organismo y de la carga de trabajo. No podemos prometer plazos de resolución.

Divorcio

¿Necesito el acuerdo de mi cónyuge para divorciarme?

No. El Código Civil y Comercial permite iniciar el divorcio por presentación de uno solo de los cónyuges. Lo vemos en una consulta.

¿Tengo que explicar los motivos?

No: el Código Civil y Comercial no exige invocar causas; el divorcio se decreta a petición de ambos cónyuges o de uno solo.

¿Dónde se presenta el divorcio?

Depende del último domicilio conyugal y de si la presentación es conjunta o unilateral. En CABA y en Provincia intervienen juzgados distintos.

¿Hay que hacer mediación antes?

Para el divorcio en sí no, según las leyes de mediación. En CABA, las cuestiones patrimoniales derivadas del divorcio y los alimentos entre cónyuges pasan por mediación previa; en Provincia hay que confirmar cada tema.

¿Qué pasa con los hijos y los bienes?

Se acuerdan o se discuten en la propuesta o el convenio regulador: cuidado, cuota alimentaria, vivienda y bienes. Si hay una compensación económica para reclamar, el plazo es corto (seis meses desde la sentencia de divorcio), así que conviene verlo antes. Los analizamos con vos antes de presentar nada.

¿Cuánto tarda?

Depende del juzgado y de si hay acuerdo. No podemos prometer plazos.

Sucesiones

¿Dónde se inicia la sucesión?

Ante el juez del último domicilio de la persona fallecida. En CABA intervienen juzgados nacionales civiles y en Provincia los del departamento judicial que corresponda.

¿Qué documentación necesito?

Partida de defunción, partidas que acrediten el vínculo, DNI y datos de los bienes. En la consulta te hacemos una lista a medida.

¿Quiénes heredan si no hay testamento?

Descendientes, ascendientes, cónyuge y, en su defecto, otros parientes, en el orden que fija el Código Civil y Comercial.

¿Puedo dejar todo a una persona por testamento?

No siempre: hijos, padres y cónyuge tienen una porción legítima protegida por ley.

¿Cuánto tarda una sucesión?

Depende de la cantidad de herederos, de los bienes y del juzgado. No podemos prometer plazos.

Derecho inmobiliario

¿Qué diferencia hay entre boleto y escritura?

El boleto es un contrato previo en el que las partes se comprometen a la operación. La escritura pública, que hace el escribano, es el acto que transfiere el dominio. Antes de firmar cualquier boleto, conviene que lo revise un abogado.

¿Qué impuestos y gastos tiene comprar una propiedad?

Hay sellos, honorarios del escribano y gastos registrales, y varían según la jurisdicción y las exenciones que apliquen. Te pasamos el detalle de tu caso en la consulta.

¿Qué ley rige mi contrato de alquiler?

Depende de la fecha en que se firmó. Los firmados desde diciembre de 2023 se rigen por el Código Civil y Comercial, con más libertad entre las partes. Revisamos tu contrato.

¿Se puede desalojar sin juicio?

No: el desalojo requiere un proceso judicial. Analizamos tu situación para ver la vía que corresponde.

¿Qué es la usucapión?

Es una forma de adquirir el dominio de un inmueble por la posesión ostensible y continua durante años (10 con justo título y buena fe; 20 sin ellos), que se declara en un juicio. Los requisitos se revisan caso por caso.

¿Me pueden ayudar con un problema de consorcio?

Sí. Revisamos el reglamento de copropiedad y las alternativas para resolver el conflicto.

La información de este sitio es general y tiene fines informativos. No constituye asesoramiento legal ni reemplaza una consulta profesional. Los resultados dependen de las circunstancias de cada caso y no pueden garantizarse.

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Escribinos y te respondemos.